jueves, 17 de septiembre de 2015

En relación con la ley de planeación a dicha Secretaría corresponde;

De acuerdo al artículo 16, corresponde a la secretaria que es dependencia del poder Ejecutivo intervenir en los asuntos de su competencia cuidando de factores ecológicos, económicos, sociales y políticos.

Deberá intervenir en actividades en materia de planeación con las entidades para estatales que determine el ejecutivo.

Elaborar programas  de acuerdo alas entidades sectoriales, tomando en consideración la participación de los gobiernos de los estados, la participación de grupos sociales y comunidades indígenas interesados e implicados.

Confirmar la segura congruencia entre los programas sectoriales y el plan nacional, la creación de programas anuales, vigilar las entidades del sector que coordinen las actividades, verificar la relación de los programas y presupuestos de las entidades para estatales del  sector que coordinen. 

  

www.sct.gob.mx/fileadmin/DireccionesGrales/UE/2015/Marco_normativo...

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