En relación
con la ley de planeación a dicha Secretaría corresponde;
De acuerdo
al artículo 16, corresponde a la secretaria que es dependencia del poder
Ejecutivo intervenir en los asuntos de su competencia cuidando de
factores ecológicos, económicos, sociales y políticos.
Deberá
intervenir en actividades en materia de planeación con las entidades para
estatales que determine el ejecutivo.
Elaborar
programas de acuerdo alas entidades sectoriales, tomando en consideración
la participación de los gobiernos de los estados, la participación de grupos
sociales y comunidades indígenas interesados e implicados.
Confirmar la
segura congruencia entre los programas sectoriales y el plan nacional, la
creación de programas anuales, vigilar las entidades del sector que coordinen
las actividades, verificar la relación de los programas y presupuestos de las
entidades para estatales del sector que coordinen.
www.sct.gob.mx/fileadmin/ DireccionesGrales/UE/2015/Marco_ normativo...
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